Hola Juanmi, tienes razón, esa pregunta no viene en la Constitución española, sí en el Real Decreto 1960/1986 en su artículo 52.
«Solamente por medio de una Ley de las Cortes Generales podrá modificarse la denominación o capitalidad de una provincia. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante Ley orgánica.»
La puse para no confundir los límites provinciales, que se resuelven por Lay Orgánica. Lo explicamos en clase pero fue al principio, cuando dimos el tema. Decidí ponerla en los test para que se viera la diferencia.
Claro que no se podría preguntar en el examen oficial.
Hola Mamen, la número 16 no la encuentro por ningún lado…. Gracias.
Hola Juanmi, tienes razón, esa pregunta no viene en la Constitución española, sí en el Real Decreto 1960/1986 en su artículo 52.
«Solamente por medio de una Ley de las Cortes Generales podrá modificarse la denominación o capitalidad de una provincia. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante Ley orgánica.»
La puse para no confundir los límites provinciales, que se resuelven por Lay Orgánica. Lo explicamos en clase pero fue al principio, cuando dimos el tema. Decidí ponerla en los test para que se viera la diferencia.
Claro que no se podría preguntar en el examen oficial.